La veda de la almeja chocolata en Baja California Sur busca el aprovechamiento sustentable y, tras los dos años, se reactive con mejores condiciones biológicas del molusco.
Nancy Valenzuela / NORO
El Pueblo Mágico de Loreto, en Baja California Sur, ha recibido el decreto de la veda temporal de dos años en la captura de almeja chocolata, por lo que en esta región quedará prohibida el aprovechamiento del molusco del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027.
Esta medida tiene el objetivo de frenar el deterioro del recurso y permitir su recuperación, ya que la almeja chocolata es considerada un recurso clave para la pesca ribereña en el Golfo de California.
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Decreto de veda en Baja California Sur es resultado de una investigación de la almeja
La restricción está sustentada en una evaluación poblacional realizada del 20 al 25 de mayo de 2025 por personal técnico del Centro Regional de Investigación Acuícola y Pesquera (CRIAP) La Paz.
Los resultados fueron analizados por el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), que emitió una opinión técnica el 18 de septiembre de 2025, recomendando suspender totalmente la captura durante dos años para evitar el agotamiento del recurso.
De acuerdo con los estudios, se registró una tendencia negativa en la presencia de la especie, por lo que la autoridad determinó que era fundamental establecer la veda para favorecer la regeneración de los bancos naturales.

Zona en aguas de Loreto para la que aplica la veda de almeja chocolata
El acuerdo delimita la zona de veda en toda el área marina del municipio de Loreto, desde la línea de costa hasta la isóbata de 120 metros de profundidad. Este límite se establece con base en la Carta Nacional Pesquera vigente, que identifica ese rango como hábitat potencial de la almeja chocolata.
El objetivo, según el decreto, es proteger integralmente el recurso y no solo las áreas de mayor explotación, evitando que la presión pesquera se desplace hacia otros bancos naturales cercanos.
Veda aplica para pescadores y deberán presentar inventario
La veda es de observancia obligatoria para permisionarios, concesionarios, capitanes, patrones de pesca, motoristas, técnicos, pescadores y cualquier persona que participe en la extracción del molusco. Quienes incumplan se harán acreedores a sanciones previstas en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Además, para prevenir la comercialización ilegal, se ordenó un control estricto de inventarios. Quienes cuenten con existencias de almeja chocolata antes del inicio de la veda deberán declararlas ante la CONAPESCA dentro de los tres días hábiles posteriores al 1 de enero de 2026, usando el formato oficial CONAPESCA-01-069. Para transportar el producto inventariado será indispensable contar con una Guía de Pesca sellada y firmada por la autoridad.
Con información de Diario Oficial de la Federación y Debate




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