Este año, el pago del aguinaldo se adelantará para diversos grupos de la población y será entregado en la primera semana de noviembre.
Nancy Valenzuela / NORO
Con la llegada de octubre, uno de los temas más esperados por los trabajadores y algunos jubilados es el aguinaldo. Esta prestación de fin de año es fundamental para hacer frente a gastos extras, deudas o simplemente para tener un respiro económico. Sin embargo, es importante destacar que no todos recibirán el aguinaldo en las mismas fechas, y algunos pensionados bajo ciertos regímenes no podrán acceder a este beneficio.
¿Qué es el aguinaldo y cuándo se paga?
El aguinaldo es una prestación laboral establecida en la Ley Federal del Trabajo, que otorga a los empleados un pago adicional correspondiente, al menos, a 15 días de salario. El objetivo es brindar apoyo económico al cierre del año, cubriendo gastos que tienden a incrementarse durante esta temporada.
Por ley, los empleadores tienen la obligación de depositar esta prestación a más tardar el 20 de diciembre de cada año. No obstante, ciertos grupos de personas recibirán una parte de este beneficio de forma anticipada, en la primera semana de noviembre.
Pensionados del ISSSTE e IMSS recibirán aguinaldo por adelantado
Los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) forman uno de los grupos que recibirán su aguinaldo de forma anticipada. Aunque aún no se ha anunciado una fecha exacta, se espera que estos beneficiarios reciban la primera parte de su aguinaldo durante la primera semana de noviembre.
Es importante recordar que este pago anticipado corresponde únicamente a una parte del total. La segunda parte se entregará en diciembre, junto con el resto de los trabajadores que aún se encuentran activos.
Por otro lado, los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) también forman parte del grupo que tiene derecho a recibir esta prestación. Sin embargo, no todos los jubilados en este sistema son elegibles. Aquellos que estén bajo el régimen de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, cotizando bajo la Ley del 73, sí recibirán este beneficio.
Es fundamental que los pensionados tengan en orden sus documentos y mantengan sus datos actualizados para evitar problemas en la entrega del pago. En caso de que algo no coincida en los registros del IMSS, es posible que el pago se retrase o, en el peor de los casos, no se deposite.
Por otro lado, algunos grupos de pensionados no son elegibles para esta prestación. Aquellos que estén bajo esquemas de pensión por viudez o incapacidad, no podrán acceder a este beneficio. Esto se debe a que la ley establece que el aguinaldo solo corresponde a quienes cotizan bajo la Ley del 73 y están en el régimen de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
¿Cómo se calcula la cifra a recibir en el aguinaldo?
El monto del aguinaldo se calcula de manera proporcional al tiempo laborado durante el año. Para los empleados que no hayan cumplido un año de servicio, la ley garantiza que también reciban una parte proporcional. Según la Ley Federal del Trabajo, el mínimo que un empleado debe recibir es el equivalente a 15 días de salario.
Para calcular la cantidad a recibir, se toma el salario diario del trabajador, que se obtiene dividiendo su salario quincenal entre 15 días. Luego, este monto se multiplica por el número de días trabajados. De esta manera, cada empleado puede conocer cuánto recibirá por concepto de aguinaldo, aunque el monto no aumenta con la antigüedad.
Con información de Fox Sports y El Financiero