El aumento del salario mínimo en 2025 marca un paso significativo hacia la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores en México.
Nancy Valenzuela / NORO
A partir del 1 de enero, el salario mínimo en México tendrá un incremento del 12%, una medida propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum y que ha sido aprobada por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasami).
Este ajusto no solo impactará a los trabajadores que perciben el salario mínimo general, sino también a aquellos que desempeñan profesiones específicas incluidas en los salarios mínimos profesionales.

¿En cuánto quedará el salario mínimo en México y en la frontera norte?
Con el aumento aprobado, el salario mínimo general pasará de $248.93 pesos a $278.80 pesos diarios, lo que equivale a $8,364 pesos mensuales. En la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), el salario mínimo aumentará de $374.89 a $419.88 pesos diarios, alcanzando un ingreso mensual de $12,596 pesos.
Este incremento tiene como objetivo principal fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores, permitiéndoles adquirir hasta 1.85 veces la canasta básica, según informó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
El ajuste al salario mínimo combina dos componentes principales:
- Monto Independiente de Recuperación (MIR): Introducido en 2017, este mecanismo agrega una cantidad fija al salario base para recuperar el poder adquisitivo. Para 2025, el MIR será de $19.36 pesos en la ZLFN y de $12.85 pesos en el resto del país.
- Incremento por fijación: Además del MIR, se aplica un aumento porcentual del 6.5% al salario vigente.
Esta combinación asegura que el aumento salarial no solo mantenga el poder adquisitivo frente a la inflación, sino que lo supere.

62 profesiones, oficios y trabajos especiales serán beneficiados con el aumento de salario mínimo
El aumento del salario mínimo está diseñado para beneficiar principalmente a los trabajadores que perciben el sueldo base. Según cifras oficiales, esta medida impactará de manera directa a 8.5 millones de trabajadores, incluidos aquellos en la categoría de salarios mínimos profesionales.
- Albañilería
- Boticas, farmacias y droguería, dependiente(a) de mostrador
- Buldozer y/o traxcavo, operador(a)
- Cajero(a) de máquina registradora
- Cantinero(a) preparador de bebidas
- Carpintero(a) en la fabricación y reparación de muebles
- Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos

- Colchones, oficial en fabricación y reparación
- Colocador(a) de mosaicos y azulejos
- Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a)
- Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado
- Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio
- Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio
- Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos
- Chofer de camión de carga en general
- Chofer de camioneta de carga en general
- Chofer operador(a) de vehículos con grúa
- Draga, operador(a)
- Ebanista en fabricación y reparación de muebles
- Electricista en la reparación de automóviles y camiones eléctricas
- Electricista en la reparación de automóviles y camiones
- Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio
- Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tienda de autoservicio
- Encargado(a) de bodega y/o almacén
- Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a)
- Fogonero(a) de calderas de vapor
- Gasolinero(a)
- Herrería
- Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones
- Jornalero(a) agrícola
- Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor
- Manejador(a) en granja avícola
- Maquinaria agrícola
- Máquinas para madera en general
- Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones

- Montador(a) en talleres y fábricas de calzado
- Peluquero(a) y cultor(a) de belleza
- Pintor(a) de automóviles y camiones
- Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general
- Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavandería y establecimientos similares
- Plomero(a) en instalaciones sanitarias
- Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos
- Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje
- Refaccionaria de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador
- Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar
- Reportero(a) en prensa diaria impresa
- Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa
- Repostero(a) o pastelero(a)
- Sastrería en trabajo a domicilio
- Secretario(a) auxiliar
- Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico
- Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador
- Tapicero(a) de vestiduras de automóviles
- Tapicero(a) en reparación de muebles
- Trabajador(a) del hogar

- Trabajador(a) social, técnico(a)
- Vaquero(a) ordeñador a máquina
- Velador(a)
- Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico
- Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado
El salario mínimo profesional protege a aquellos trabajadores que, debido a la naturaleza de sus actividades, enfrentan mayores retos en la negociación de incrementos salariales. Este ajuste contribuye a cerrar brechas salariales y mejorar las condiciones económicas de estos sectores.
Con información de El Economista, La Bartolina, Gobierno de México e Infobae