En México, el incumplimiento de la pensión alimenticia es un problema que afecta los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Grecia Bojórquez/ NORO
De acuerdo con datos recientes, solo una de cada diez mujeres que demandan el derecho de sus hijos a recibir pensión alimenticia logra obtenerlo. Ante esta problemática, el Senado de la República aprobó en marzo de 2023 la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Dicho registro tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger los derechos fundamentales de los menores.
En este registro se inscriben aquellos deudores alimentarios que no cumplan con sus responsabilidades, lo que conlleva restricciones importantes, como la prohibición de salir del país, tramitar licencias de manejo, ocupar cargos en el servicio público y realizar operaciones de compraventa de inmuebles.

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) es el encargado de manejar esta plataforma, asegurando que los deudores alimentarios cumplan con sus obligaciones para con sus hijos.
Proceso para registrar a un deudor alimentario moroso en México
Hay que señalar que registrar a un deudor alimentario moroso en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias es un trámite que debe realizarse por orden judicial.
La «Inscripción de Deudores Alimentarios Morosos» es gestionada por la Secretaría de Gobierno y es un proceso gratuito. Para llevar a cabo el registro, se requiere la siguiente documentación:
- Original y copia del oficio suscrito por el Juez Familiar que conoció del caso y ordenó la inscripción en el registro.
- Original del acta de nacimiento del deudor alimentario moroso.
- Copia de la CURP del deudor alimentario moroso.
- Original y copia del acta de nacimiento del hijo del deudor alimentario moroso.

El tiempo de respuesta para este trámite es de aproximadamente cinco días hábiles. Una vez inscrito, el deudor alimentario quedará sujeto a las restricciones mencionadas anteriormente hasta que demuestre haber cumplido con su obligación alimentaria.
¿Los deudores alimentarios en México no pueden salir del país?
Una de las medidas más controversiales del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias es la restricción para que los deudores alimentarios salgan del país. Esta medida está prevista en el artículo 48, fracción VI, de la Ley de Migración, y se aplica cuando el deudor alimentario no ha cumplido con sus obligaciones por un periodo mayor a 60 días.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que esta restricción es constitucional, siempre que se realice una valoración judicial adecuada del caso concreto.

La Corte sostiene que, aunque el derecho a salir del país forma parte del derecho de circulación y residencia, puede estar sujeto a limitaciones permisibles impuestas por las autoridades judiciales.
Es crucial que esta restricción no se aplique de manera automática, sino que se evalúe cada caso individualmente. Además, una vez que el deudor alimentario cumpla con sus obligaciones, la restricción debe levantarse de manera rápida y efectiva.
Criterios para la eliminación del Registro de Deudores Alimentarios
La eliminación del registro de deudores alimentarios no se realiza automáticamente. Los datos del deudor permanecerán en el registro hasta que este demuestre en juicio haber cumplido con su obligación alimentaria.
Una vez condenado, el deudor alimentario debe probar que ha cumplido con sus obligaciones durante un lapso de noventa días y garantizar que la pensión alimentaria estará asegurada en el futuro.

Esta regulación asegura que los deudores no solo cumplan con sus obligaciones de manera temporal, sino que también se comprometan a mantener el sustento necesario para sus hijos a largo plazo.
Esta medida es clave para garantizar que los menores de edad tengan acceso a una vida digna y adecuada, cubriendo sus necesidades básicas como alimentación, educación, y atención médica.