El Congreso de Baja California aprobó sancionar con cárcel el acoso y hostigamiento sexual; condenas van de seis meses a cuatro años
El acoso y hostigamiento sexual serán castigados con cárcel en Baja California. Esta decisión se tomó de manera unánime por el Congreso de Baja California. Con 23 votos se tipificó el delito de acoso sexual, con penas de mínimo 6 meses a cuatro años y una multa de 50 a 100 unidades de medida y actualización (UMA).
Acoso sexual
“Comete el delito de acoso sexual, el que con fines lascivos asedie a persona de cualquier sexo, se le impondrá una penalidad de seis meses a un año de prisión y multa de cincuenta a cien unidades de medida y actualización”, dicta la pena.
Una UMA tiene valor de 96.22 pesos mexicanos, cantidad que entró en vigor a partir del 1º de febrero de este año. En total, la multa por acoso iría de 4 811 a 9 622 pesos mexicanos.
Con esta decisión, Baja California deja de ser una de las siete entidades en México que no tipificaban el acoso sexual como delito.
Hostigamiento sexual
Ya era delito el hostigamiento sexual en Baja California, pero la modificación que se realizó en el pleno agrava la sanción para quien lo cometa.
“El que con fines lascivos asedie a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de las relaciones laborales, docentes, domésticas, con motivo del ejercicio de culto religioso o dentro de las instalaciones de alguna asociación religiosa u organismo de la sociedad civil, cuyo objetivo social consista en prestar auxilio, refugio o tratamiento psicológico o físico a otras personas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá una pena de dos a cuatro años de prisión y doscientas a cuatrocientas unidades de medida y actualización”, explica el dictamen.
En resumen, quien se aproveche de su posición jerárquica será sancionado con 2 a 4 años de prisión y multa de 200 a 400 UMAs. Lo que serían entre 19 244 a 38 488 pesos mexicanos.
Ambas sanciones ya se encuentran en los artículos 184-BIS y 184 TER del Código Penal. En el Artículo 49 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, propuesta por la diputada de Morena, Liliana Michel Sánchez Allende.
Con información de ADN 40, La Jornada y El Financiero.