Para febrero, la SEP y la LFT contemplan algunos días de descanso, mientras que otros solo serán conmemorativos.
Nancy Valenzuela / NORO
El mes de febrero trae consigo diversas celebraciones y conmemoraciones especiales, las cuales pueden pasar por días de descanso obligatorio para la comunidad estudiantil y para los trabajadores.
En este 2025, los mexicanos podrán disfrutar de varios días de descanso en el próximo mes, los cuales forman parte de los calendarios oficiales de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Cuáles son los días de descanso durante el mes de febrero 2025?
De acuerdo con el calendario oficial de la SEP y la LFT, el lunes 3 de febrero será de descanso para los estudiantes y trabajadores, ya que se conmemora el día de la Constitución Mexicana, el cual se celebra cada 5 de febrero, pero que este año se recorrerá al primer lunes del mes.
Aunque durante febrero hay otras fechas claves como el 2 de febrero por el día de la Candelaria, 14 de febrero, día del Amor y de la Amistad, y el 24 de febrero, día de la Bandera, estos no son días de descanso obligatorio, sino de reflexión, por lo que las actividades laborales y escolares se mantienen con normalidad.

Estudiantes disfrutarán de puente de cuatro días en febrero, anuncia la SEP
El calendario del ciclo escolar 2024-2025 indica que durante el primer fin de semana de febrero será de puente para los estudiantes de educación básica, el cual inicia desde el 31 de enero por motivo a las reuniones del Consejo Técnico Escolar para el personal docente.
En cuanto a los alumnos de nivel de media superior y superior, el descanso iniciará abarcará del 1 al 3 de febrero, teniendo un fin de semana largo de tres días, al igual que los trabajadores.
Días de descanso obligatorio para 2025, según la LFT
Según el artículo 74 de la LFT, los días de descanso obligatorio en 2025 son los siguientes:
- Miércoles 1 de enero — Año Nuevo
- Lunes 3 de febrero — Conmemoración de la Constitución Mexicana (5 de febrero)
- Lunes 17 de marzo — Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)

- Jueves 1 de mayo — Día Internacional del Trabajo
- Martes 16 de septiembre — Día de la Independencia de México
- Lunes 17 de noviembre — Revolución Mexicana (20 de noviembre)
- Jueves 25 de diciembre — Navidad
Estos días son considerados descansos obligatorios por ley, lo que significa que los trabajadores tienen derecho a no laborar. En caso de trabajar, deben recibir una compensación extra, según lo estipulado en el artículo 75 de la LFT.
Con información de Infobae y N+