¿Se pagan impuestos por transferencias electrónicas?

Aunque no hay que pagar impuestos por transferencias electrónicas, una de las funciones del SAT es vigilar los depósitos que reciben sus contribuyentes a fin de mantener la legalidad y recibir los pagos correspondientes, esto con el objetivo de evitar la evasión fiscal, que es un delito; por ello, la importancia de mantener en orden la situación ante el SAT.

Uno de los temas más importantes para la vida es mantener buena relación con el SAT, ya sea acompañado de un buen contador o estudiando muy bien lo que debemos declarar y una duda en épocas recientes es si debemos pagar impuestos por transferencias electrónicas.

Créditos: El Contribuyente

La respuesta es no. Y es que la confusión surge para muchas personas con la modificación a la regla 3.5.13 de la Miscelánea Fiscal 2021, donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fijó un límite para depósitos a cuentas bancarias, pero que no refiere pagar impuestos a las transferencias electrónicas.

El monto fijado por el SAT en la modificación a la regla 3.5.13 de la Miscelánea Fiscal 2021 fue de 15 mil pesos mensuales en depósitos bancarios y se recomienda hacerlo saber a la institución para evitar requerimientos por el origen de los montos.

Al rebasar los 15 mil pesos se efectúa el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE), que se cobra al contribuyente por la suma de todas las cuentas bancarias de las que sea titular en una misma institución.

Créditos: Uno TV

La tasa del IDE es igual al 3% del excedente del monto exento; también se aplica el 3% por adquirir cheques de caja en efectivo sin importar el monto; por ello la confusión de muchas personas sobre si tiene relación con impuestos por transferencias electrónicas.

Entidades de los tres niveles de gobierno, paraestatales no contribuyentes, personas morales sin fines lucrativos y los depósitos de instituciones financieras por intermediación están exentas de este impuesto

Como sabemos una de las funciones del SAT es vigilar los depósitos que reciben sus contribuyentes a fin de mantener la legalidad y recibir los pagos correspondientes, esto con el objetivo de evitar la evasión fiscal, que es un delito; situación que no se relaciona con un cobro de impuestos por transferencias electrónicas.

No hay cobro de impuestos por transferencias electrónicas, pero sí la obligación de estar al corriente con el SAT

Créditos: BBVA

Sin embargo, esto no significa que haya impuestos por transferencias electrónicas, aunque siempre es recomendado mantener todos los comprobantes y un buen contador para constantemente solicitarle consejos por los movimientos realizados.

Otro tema que siempre es importante mantener en orden es la forma en la que los contribuyentes estén dados de alta ante el SAT para generar las contribuciones necesarias con respecto a las actividades que desempeñen y a las retribuciones que generen.

No olvidemos que en muchos casos hay que elaborar declaraciones mensuales y anuales para mantener cuentas claras ante el SAT y que en muchos casos hay la posibilidad de tener saldo a favor, por lo que conocer las posibilidades de deducción de impuestos también son importantes en materia fiscal.

Fuente: El Financiero/El Economista/Facturama

Ramón Aguilera Rangel

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