Prohibido fumar: entra en vigor Ley para Control del Tabaco

En México se ha prohibido fumar en espacios públicos; además comercios dejarán de exhibir cigarrillos

En México, se aprobó la Ley General para el Control del Tabaco, que entró en vigor el 16 de enero. Entre los cambios que se imponen con esta nueva ley se dicta que se deberá evitar el consumo de tabaco en espacios públicos como centros de trabajo, transporte público, escuelas, auditorios, hoteles, estadios, plazas comerciales, playas, parques o cualquier lugar en donde estén menores de edad, así como aquello marcados como “espacio libre de humo”. 

Además, las tiendas y centros de conveniencia tendrán prohibido tenerlos a la vista, así como cualquier tipo de publicidad. Por su parte, los vendedores solo podrán tener una lista con los nombres y precios sin mencionar ningún tipo de marca o sello. Por otra parte, los medios de comunicación no podrán exhibir ningún tipo de promoción referente al tabaco o productos derivados. La publicidad también se aplicará a redes sociales, reuniones o comunicaciones personales, ni correo electrónico.    

Uno de los sectores que se podrían ver más afectados es el de restaurantes y entretenimiento, pues estos lugares ya no podrán ofrecer “área para fumadores”. Todo esto según lo publicado desde el 16 de diciembre pasado dentro del Diario Oficial de la Federación (DOF). Las nuevas normas también incluyen a los cigarros electrónicos y vapeadores, de los que ya se había prohibido su venta desde junio de 2022. 

Sin embargo, los establecimientos podrán ofrecer un espacio para fumadores, pero este debe ubicarse a una distancia mínima de 10 metros de distancia del local. Además, no podrá tener una superficie mayor al 10% del tamaño del establecimiento, estar cercano a salidas o entradas, contar con ambientación y no se permitirá beber en el lugar designado. 

Así inició Baja California con el decreto de “prohibido fumar”

La nueva ley contra el cigarro en México ha preocupado al sector de entretenimiento y restaurantero en Baja California. Venustiano Anzaldo Rivero, presidente de la asociación de bares y cafés cantantes de Mexicali, informó que se espera que las nuevas medidas impacten de forma negativa al sector, pues los consumidores asocian el beber con fumar. Además, aseguró que serán pocos los espacios que puedan contar con las características que estipula la ley, misma que no prohíbe que las personas puedan acceder con cigarros a los establecimientos públicos.  

“Es común mezclar el consumo de alcohol con fumar, por eso debería de poder limitarse el ingreso de cigarros, que el propietario pudiera tener la facultad de no permitir entrar con cigarros porque así, nos deja en indefensión”, informó  Anzaldo Rivero.  

Por su parte, el titular de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), Erwin Areizaga Uribe señaló que la dependencia a su cargo solo puede sancionar a establecimientos formales que infrinjan la citada norma. Además aseguró que se han tenido reuniones de trabajo con los ayuntamientos en búsqueda de cumplir en forma con las nuevas disposiciones.

“Lo que buscamos es que a través de la autoridad municipal, quienes sí tienen facultad para sancionar a un ciudadano, también pueda tomarse cartas en el asunto para generar inhibidores para los ciudadanos que no acaten la medida”, informó Areizaga Uribe, quien añadió que las sanciones dependerán del Reglamento de Policía y Buen Gobierno de cada Ayuntamiento, apuntó Areizaga Uribe. 

El titular de la Coepris a nivel estatal negó que la dependencia vaya a realizar algún operativo especial para vigilar que los establecimientos cumplan con la nueva ley, pero sí estarán realizando inspecciones rutinarias y atendiendo quejas de la ciudadanía. También informó que el acta de inspección de la Coepris, ya fue modificada para contemplar las nuevas disposiciones federales. 

¿Qué pasa si te agarran con un cigarro o fumando?

El decreto estipula en el artículo 53 que cuando una persona esté fumando, tenga encendido o consumiendo productos derivados del tabaco o nicotina, los establecimientos podrán pedirle inmediatamente que apague el cigarro, se retire del lugar o solicitar apoyo de autoridades 

La Ley General para el Control del Tabaco marca sanciones por incumplimiento, tanto para consumidores como establecimientos. En primera instancia se hará una amonestación con apercibimiento; en segundo término es una multa; en el caso de los negocios en tercer lugar se aplica una clausura temporal o definitiva del establecimientos, misma que podrá ser parcial o total, y si hay reincidencias se puede aplicar el arresto hasta por 36 horas.

Las multas que podrán aplicarse inician en los 100 salarios mínimos, principalmente para quien fume o permita fumar en un establecimiento. Sin embargo, los que podrían sufrir mayores consecuencias son las empresas que infrinjan las leyes en cuanto a la producción, comercialización o difusión del tabaco, con sanciones que pueden alcanzar las 10 mil veces el valor del salario mínimo en México. 

¿Qué opinas de esta nueva medida en México que prohíbe fumar?  

Fuente: Zeta Tijuana, BCS Noticias, La Voz de la Frontera.  

Sofía Isadora Salazar

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