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SCJN aprobó gobierno de tres años en Sonora y empatar con presidencial en 2030

La SCJN aprobó dicha modificación en el calendario electoral de Sonora y será aplicada hasta el próximo año 2027.

Para hacer concurrente la elección de gobernador con la del presidente de la República, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la modificación del calendario electoral de Sonora, por lo que el próximo mandatario estatal ejercerá en el periodo 2027-2030, con el propósito de permitir el ajuste correspondiente.

Lo anterior fue determinado por unanimidad, donde los ministros avalaron la reforma a la constitución de Sonora, promulgada el pasado 2 de marzo e impugnada en acciones de inconstitucionalidad por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano (MC) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD).

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Foto: (adn40)

Fue el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá quien presentó el proyecto aprobado, en el que se precisa que los congresos estatales tienen libre configuración para establecer sus calendarios electorales, además de los periodos del ejercicio de sus gobernadores.

“El proyecto sostiene que las reformas a la constitución local son válidas, porque la modificación al calendario electoral que se analiza está dentro del ámbito de competencia de las entidades federativas, y en el caso no se acredita una violación a ninguno de los límites dispuestos en el artículo 116 constitucional”, comentó el ministro.

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Foto: (Tv Azteca)

¿Tres años de gobierno serán suficientes?

Por otro lado, los partidos que impugnaron la reforma apuntaron que un periodo de gobierno de solo tres años no sería suficiente para cualquier objetivo, sin embargo, la SCJN argumentó que la Constitución Federal, únicamente dispone que ningún gobernador puede ejercer el poder por más de 6 años y no marca un mínimo para este periodo. 

A decir del ministro, una interpretación sistemática y armónica de los artículos constitucionales obligan a concluir que la Constitución permite a las entidades federativas celebrar elecciones gubernamentales, con una periodicidad menor a los 6 años.

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Foto: (SCJN)

“los argumentos sobre la idoneidad del periodo de 3 años escapan a nuestro ámbito decisorio, que conforme a los precedentes aprobados por este pleno, debe de limitarse a verificar únicamente la regularidad constitucional de las decisiones que están dentro del ámbito de la libertad configurativa de las entidades de la federación”, aseveró el ministro.

No altera las reglas electorales: SCJN

Alcántara Carrancá aclaró que la reforma, aprobada en el año 2022, se aplicará hasta mediados del 2027, por lo que al tratarse de un ordenamiento a futuro, no tiene implicación en la veda prevista en el artículo 105 Constitución, mismo que establece que las leyes electorales deben promulgarse por lo menos 90 días antes de iniciar el proceso electoral.

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Foto: (SCJN)

“Se desprende que las entidades federativas pueden celebrar elecciones para su gubernatura con una periodicidad menor a seis años, mientras que lo relativo a la idoneidad del período de tres años escapa al ámbito decisorio de La Corte”, dijo.

¿Cuándo se aprobó el proyecto?

Por mayoría calificada, el pasado 1 de diciembre del 2022, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el proyecto de Ley que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sonora, para que el próximo gobernador del estado, por única ocasión sea electo en el 2027, por un periodo de tres años, para hacer concurrentes las votaciones de los titulares de los poderes Ejecutivo Federal y estatal a partir del 2030.

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Foto: (La Jornada)

Dicha iniciativa visualiza la problemática respecto a la poca participación social que existe durante los comicios electorales en los que se elige al titular del Poder Ejecutivo estatal, a diferencia de los procesos electorales intermedios, que son concurrentes con las jornadas en las que se vota a quien dirige el Ejecutivo Federal.

Con información de adn40, La Jornada, El Economista, TV Azzteca

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