Aunque el aguinaldo corresponde al pago anual laborado, los trabajadores que tienen menos tiempo también tienen derecho a recibirlo de forma proporcional
¿Ya cayó? Es la pregunta que todo mundo se hace en estas fechas… y no es para menos, pues como fruto del esfuerzo en los empleos el aguinaldo permite a los trabajadores invertir, comprar, saldar de deudas y hasta ahorrar.
Pero, ¿te haz preguntado cuánto te toca y cuándo te lo tienen que pagar? Pues aquí está la mágica respuesta.
La Ley Federal del Trabajo indica que a los trabajadores les corresponden 15 días de salario con respecto a su aguinaldo, o hasta más dependiendo del contrato firmado.
El monto correspondiente de acuerdo con los salarios debe pagarse antes del 20 de diciembre, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, por lo que la “luz” está por aparecer.
Aunque el aguinaldo corresponde al pago anual laborado, los trabajadores que tienen menos tiempo también tienen derecho a recibirlo.
Esto se calcula con respecto al tiempo laborado y se realiza el pago proporcional por lo que no hay pretexto para no recibirlo y aunque no parezca tanto es una prestación que te corresponde si en tu empleo la otorgan.
¿Cómo calcular mi aguinaldo?
Calcular el aguinaldo que te corresponde es una tarea que se ha vuelto común entre los trabajadores, aunado a ello existen diferentes aplicaciones y páginas que con simuladores brindan apoyo.
Kueski, Fiscoclic y Finerio son algunas de las páginas en internet que cuentan con herramientas para calcular adecuadamente el aguinaldo que te corresponde.
Para conocerlo es necesario conocer algunos datos básicos laborales, como la entrada del trabajador a la empresa, una fecha previsible en la que podría ser depositado, los días acordados que se pagarán de la prestación y, lo más importante: el sueldo mensual bruto, es decir, antes de impuestos.
Con estos datos podrá ser calculada la cifra y así saber cuánto te depositarán, o bien conocer las cuentas de lo que ya te fue pagado.
Y a ti, ¿ya te pagaron tu aguinaldo y en qué tienes planeado utilizarlo?
Fuente: El Financiero/El País